Aumentos escalonados: cuánto cobra desde octubre el personal de casas particulares
La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares fijó subas mensuales hasta diciembre, con un ajuste del 1,7% en octubre. Además, desde este mes se incorpora al básico la mitad de una suma no remunerativa que se pagaba por separado.

El personal de casas particulares percibe desde el 1 de octubre nuevos salarios mínimos, luego de que la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares aprobara, mediante la Resolución 6/2026, un esquema de incrementos escalonados que se aplica de manera progresiva entre agosto y diciembre. El ajuste de octubre es del 1,7% y se ubica por debajo de los registrados en agosto (1,9%) y septiembre (1,8%), en tanto que las subas previstas para noviembre y diciembre serán del 1,6% en cada caso, configurando una trayectoria descendente en el ritmo de incrementos hacia el cierre del año.
Comparado con el mismo período del año anterior, cuando la actualización salarial del sector respondió a un esquema de paritarias con porcentajes diferentes, el mecanismo actual se caracteriza por montos fijos y porcentajes acotados, definidos por la Comisión de forma directa y sin reapertura periódica.
Cambios en la composición del salario
Además del porcentaje de incremento, a partir de octubre se incorporó al salario básico el 50% de la suma no remunerativa que se había abonado en agosto. Ese monto, que oscila entre 8.000 y 20.000 pesos según la cantidad de horas semanales trabajadas, se integra de manera paulatina a la remuneración principal, lo que reduce los componentes no remunerativos (es decir, aquellos conceptos que no forman parte del salario básico) dentro de la liquidación.
Los valores mínimos varían en función de la categoría laboral (referida al tipo de tareas y responsabilidad del puesto, como supervisión, cocina o tareas generales) y de la modalidad de trabajo, que distingue entre el personal con retiro (finaliza la jornada laboral y regresa a su domicilio) y sin retiro (permanece en el lugar de trabajo durante la noche, con franco semanal). Las horas extra en días laborales comunes se abonan con un recargo del 50% sobre el valor horario normal, porcentaje que se eleva al 100% cuando el trabajo se realiza los sábados después de las 13, los domingos o los feriados.
- Adicional por zona desfavorable: incremento del 31% para relaciones laborales cuyo domicilio de trabajo se encuentre en La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones, provincia de Buenos Aires.
- Adicional por antigüedad: equivale al 1% del salario por cada año trabajado con el mismo empleador, calculado sobre los años de esa relación laboral en particular.
- Pago de horas extra con recargo del 50% en días comunes y del 100% en sábados después de las 13, domingos y feriados.
La normativa vigente contempla, en suma, dos adicionales específicos: uno por zona geográfica desfavorable y otro por antigüedad. Este último se liquida únicamente sobre los años transcurridos dentro de la misma relación laboral, sin acumularse con períodos trabajados para otros empleadores, lo que diferencia claramente este beneficio de otros regímenes sectoriales. La actualización escalonada, sumada a la incorporación progresiva de montos no remunerativos al básico, redefine la estructura salarial de un sector que, según estimaciones oficiales, concentra cientos de miles de puestos de trabajo registrados en el ámbito formal y un volumen considerablemente mayor de relaciones laborales no registradas, en las que los nuevos mínimos no resultan de aplicación efectiva.
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