Deuda bancaria impaga: qué pasa con el historial crediticio y el sueldo
Cuando alguien deja de pagar un crédito, los efectos van mucho más allá de los intereses acumulados: el historial crediticio se deteriora por etapas, puede intervenir la Justicia y parte del salario queda expuesto a embargo. Esto es lo que establecen los bancos y las entidades financieras sobre cada fase del incumplimiento y qué límites protegen al trabajador.

El primer efecto de dejar de pagar un préstamo es inmediato: los intereses se acumulan sobre el saldo adeudado y el monto total crece. A partir de ahí, el incumplimiento queda registrado en el historial crediticio y las consecuencias se agravan a medida que se extiende la mora.
El registro crediticio clasifica a los deudores en cinco niveles. El primero corresponde a quienes están al día. El segundo refleja atrasos de hasta 30 días, que pueden revertirse con rapidez. El tercero agrupa retrasos mayores a un mes, situación en la que suele ser necesario acordar con los acreedores y revisar la capacidad de pago. Cuando el atraso supera los 90 días, se ingresa al cuarto nivel, con mayor gravedad y riesgo concreto de embargos. El quinto nivel identifica deudas incobrables o ya judicializadas.
Incluso en esa última categoría existen salidas: negociar con los estudios jurídicos de los bancos, acordar una quita sobre la deuda original o comenzar a reconstruir el historial con productos financieros más básicos.
En cuanto al embargo del salario, hay una distinción importante entre las llamadas de cobranza y una medida judicial efectiva. Ningún banco, financiera ni estudio de cobranzas tiene la facultad de retener un sueldo por cuenta propia. Para que un embargo se concrete hace falta una orden de un juez, que luego se notifica al empleador.
La ley también fija límites precisos sobre cuánto puede retenerse. El Salario Mínimo Vital y Móvil está protegido y no puede embargarse. Si el sueldo mensual no supera el doble de ese mínimo, solo puede retenerse hasta el 10% del excedente. Si el ingreso es mayor, el tope sube al 20%. La única excepción es la cuota alimentaria, donde el porcentaje puede ser superior por decisión judicial.
Cualquier persona puede consultar su propio historial crediticio de forma gratuita una vez cada seis meses. Para dejar de figurar en ese registro hay tres caminos posibles: que hayan pasado más de cinco años sin que el acreedor inicie juicio, que la deuda esté cancelada, o que el registro contenga un error. En los tres casos se necesita documentación y el trámite puede demorar varios días.
Ante un embargo ya dictado, la recomendación es revisar el oficio judicial, verificar que la retención respete los límites legales y explorar un plan de pago, ya que en muchos casos es posible reducir o levantar la medida mediante un acuerdo de regularización.
¿Pasaste por una situación de mora bancaria o tuviste que negociar una deuda? Contanos cómo lo resolviste en los comentarios.
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