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Domingo, 25 de octubre de 2026
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Estación de Pergamino deberá pagar más de $7 millones pordiésel

El Juzgado Civil y Comercial N.° 1 de Pergamino condenó a una estación de servicio a indemnizar a un cliente cuyo Renault Clio diésel recibió nafta en lugar de gasoil. La resolución incluye daños materiales, daño moral, lucro cesante y una multa civil.

CB
Carolina BalmacedaPoliciales y judiciales · · 2 min de lectura
Estación de Pergamino deberá pagar más de $7 millones pordiésel

El 15 de octubre de 2022, en una estación de servicio de Pergamino, provincia de Buenos Aires, un hombre de 26 años cargó gasoil por $2.000 en su Renault Clio diésel. El empleado despachó nafta. El vehículo falló a pocos metros del surtidor y quedó detenido. El playero reconoció el error.

El fallo del Juzgado Civil y Comercial N.° 1 de Pergamino rechazó la negativa de responsabilidad de la empresa. El tribunal consideró el comprobante de pago, los testimonios de la audiencia y la pericia mecánica. Aplicó el principio de carga dinámica de la prueba: la empresa estaba en mejores condiciones de explicar lo ocurrido y no lo hizo.

Un error que dañó el motor

El auto fue trasladado sin encender hasta un taller cercano. Después de la revisión, el conductor lo retiró, pero a menos de una cuadra el motor volvió a apagarse y no arrancó. Según el informe pericial, la nafta ingresada en un motor diéselMILcause daño en el sistema de inyección por falta de lubricación.

  • Vaciar el tanque.
  • Limpiar el circuito de combustible.
  • Cambiar los filtros.
  • Reemplazar inyectores y la bomba, cuando correspondía.

La empresa negó la responsabilidad, cuestionó la documentación y sostuvo que los reclamos eran excesivos. La sentencia no aceptó esos argumentos. La carátula del caso fue una relación de consumo, y la causa se resolvió en primera instancia.

La condena incluye cuatro conceptos

  • Daño material: $3.500.000, con base en el presupuesto de reparación validado por el perito.
  • Lucro cesante por la falta de uso del vehículo: $210.000.
  • Daño moral: $1.800.000, por las gestiones realizadas y la necesidad de llegar a juicio.
  • Daño punitivo: una multa civil de $1.500.000, destinada a desalentar conductas que dejen a los consumidores en una situación de desigualdad frente a proveedores profesionales.

El/),total de la condena es de $7.010.000, más intereses. La multa civil se orienta a desalentar la conducta de la empresa, mientras que el daño moral compensó lasblicaOLD DE LA GENTE.

El pago deberá efectuarse dentro de los diez días posteriores a la notificación. Los intereses corren desde la fecha del hecho, con un esquema diferenciado para el daño material. La próxima instancia judicial será la que corresponda si la sentencia es apelada.

CB
Carolina BalmacedaPoliciales y judiciales

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