Viernes, 18 de septiembre de 2026
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La Justicia procesó a Raúl Martins por lavado y le trabó un embargo de 300 millones de pesos

La jueza María Servini resolvió el procesamiento con prisión preventiva del exagente de la SIDE, extraditado desde México. Le atribuyen maniobras para blanquear fondos ligados a la explotación sexual de mujeres en locales del barrio porteño de Villa General Mitre.

CB
Carolina BalmacedaPoliciales y judiciales · 18 DE SEPT DE 2026 · 2 min de lectura

La jueza federal María Servini dictó este miércoles el procesamiento con prisión preventiva de Raúl Martins, exintegrante de la SIDE de 77 años, por el delito de lavado de activos. En la misma resolución, la magistrada ordenó trabar un embargo sobre sus bienes por 300 millones de pesos, en el marco de una causa que investiga operaciones con dinero presuntamente originado en la explotación sexual de mujeres.

Fuentes judiciales precisaron que el expediente se inició el 6 de marzo de 2013, tras una denuncia anónima al Ministerio de Seguridad que advertía sobre una posible explotación sexual de menores en un local de avenida Juan B. Justo 5302, en el barrio porteño de Villa General Mitre. La pesquisa se extendió a otros nueve establecimientos y alcanzó a Martins luego de que fuera detenido en México en 2019 y extraditado desde Cancún a la Argentina.

Los argumentos de la resolución

Servini concluyó que existían elementos suficientes para sostener que Martins intervino en 26 operaciones dirigidas a incorporar al circuito legal fondos de origen ilícito. La resolución repasó la participación de sociedades argentinas y extranjeras, los poderes de administración y la intervención de familiares directos en la estructura. Según la jueza, el exespía conservó el control efectivo de las empresas aunque no figurara como beneficiario final.

El procesamiento incluyó un tramo de la causa con la siguiente carátula: lavado de activos proveniente de la explotación sexual agravada de mujeres, en calidad de organizador. La etapa procesal es el procesamiento con prisión preventiva, dictada en los términos del artículo 312 del Código Procesal Penal.

El descargo de la defensa

Durante la indagatoria, Martins se negó a responder preguntas y presentó un escrito en el que solicitó el sobreseimiento o, en subsidio, la falta de mérito. Sus abogados cuestionaron la imputación temporal y sostuvieron que las 26 operaciones atribuidas —vinculadas con la compra de propiedades y la administración de sociedades— correspondían a los años 2009, 2010, 2011 y 2012.

  • Argumentaron que esas fechas eran anteriores al período que el tribunal consideró firme para el delito de explotación sexual, comprendido entre enero de 2013 y octubre de 2014.
  • Señalaron que la condena anterior se refería únicamente al local de avenida Juan B. Justo 5302, en Villa General Mitre.
  • Aseguraron que las acusaciones por otros nueve locales habían sido archivadas por inexistencia del delito de trata de personas.
“Una sociedad creada antes del delito investigado puede ser utilizada posteriormente para administrar u ocultar bienes de origen ilícito.”Jueza María Servini, en los fundamentos del procesamiento

Con ese criterio, Servini rechazó la defensa temporal opuesta por Martins y explicó que la fecha de constitución de las empresas no resultaba determinante para descartar las maniobras. A partir de esa lectura, la magistrada dio por acreditado el nexo entre las sociedades investigadas y los fondos derivados de la explotación sexual, y avanzó con el procesamiento y el embargo sobre el patrimonio del exespía. La próxima instancia será la elevación a juicio oral y público, donde se discutirá la responsabilidad penal definitiva del acusado.

CB
Carolina BalmacedaPoliciales y judiciales

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