Proyecto en el Congreso podría quitarle la exención de Ganancias a los CEDEARs
Una iniciativa en tratamiento parlamentario propone gravar al 15% las operaciones con estos certificados comprados desde el 31 de octubre de 2026.

Los CEDEARs, que hoy gozan de una exención de Ganancias, podrían dejar de estar alcanzados por ese beneficio si el Congreso aprueba un proyecto de ley que se encuentra en tratamiento parlamentario. La iniciativa busca aplicar el impuesto a las operaciones con estos certificados, un instrumento que se volvió muy conocido entre ahorristas e inversores que quieren cubrirse del dólar sin salir del sistema local.
Se trata de certificados que se compran y venden en el mercado argentino, pero que representan inversiones en acciones, bonos u otros activos que cotizan en el exterior. Su precio varía según la cotización del activo subyacente en su mercado de origen y según el valor del dólar financiero, y esa combinación explica buena parte de su atractivo para quienes buscan dolarizarse dentro del sistema.
Qué cambia con la propuesta
Hasta ahora, los CEDEARs quedan amparados por la misma exención de Ganancias que alcanza a los valores negociables argentinos. El proyecto modifica esa lógica con un criterio conocido como transparencia fiscal, o look-through: si el activo que está detrás del certificado hubiera estado gravado en una compra directa, el CEDEAR que lo representa tendría el mismo tratamiento. Según explicó Sebastián Domínguez, titular de SDC Asesores Tributarios, la alícuota prevista es del 15%.
- Alícuota propuesta: 15%.
- Fecha de corte: solo alcanzaría a los CEDEARs adquiridos a partir del 31 de octubre de 2026.
- Tenencias previas: quien ya tiene CEDEARs en cartera no quedaría alcanzado de forma retroactiva.
- Trámite pendiente: el proyecto debe ser aprobado por ambas cámaras del Congreso para convertirse en ley.
El punto central de la reforma es la diferencia de trato que busca eliminar. Hoy, quien compra directamente una acción extranjera paga Ganancias, mientras que quien accede al mismo activo a través de un CEDEAR puede quedar exento. Con la nueva regla, ambas vías tendrían el mismo costo impositivo, algo que, desde el punto de vista de la equidad entre instrumentos, resulta difícil de discutir.
Qué pasa mientras tanto
Para el inversor minorista, el impacto dependerá del rendimiento que haya obtenido y del momento en que compró sus posiciones. Las carteras armadas antes del 31 de octubre de 2026 no cambiarían de situación bajo la propuesta vigente. Por ahora, sin embargo, el proyecto no es ley, y el régimen de exención sigue en pleno funcionamiento.
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