ARCA amplía el plan de pagos para MiPymes: deudas hasta octubre de 2026 y adhesión hasta junio de 2027
La Resolución General 5924/2026 corre la fecha de corte del régimen especial de facilidades de pago y extiende el plazo para adherirse. La carga de nuevas deudas en el sistema "Mis Facilidades" se habilita a partir del 16 de noviembre de 2026.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó en el Boletín Oficial la Resolución General 5924/2026, mediante la cual amplió el régimen especial de facilidades de pago (planes que permiten cancelar obligaciones fiscales en cuotas) dirigido a micro, pequeñas y medianas empresas, pequeños contribuyentes y determinadas entidades sin fines de lucro.
Qué cambia respecto del régimen original
El punto central de la norma es el corrimiento de la fecha de corte para las obligaciones que pueden regularizarse. El esquema original alcanzaba a las deudas vencidas hasta el 30 de junio de 2026; con la ampliación, ese límite pasa al 31 de octubre de 2026. Además, el plazo para adherirse se extiende: en lugar del 30 de diciembre de 2026, los interesados podrán hacerlo hasta el 30 de junio de 2027.
Quiénes pueden acceder y qué deudas incluye
- Micro y Pequeñas Empresas.
- Medianas Empresas de los tramos 1 y 2.
- Pequeños contribuyentes.
- Determinadas entidades sin fines de lucro.
Las obligaciones alcanzadas comprenden deudas impositivas, aduaneras (vinculadas al comercio exterior) y de recursos de la seguridad social (aportes y contribuciones previsionales), además de las multas aplicadas hasta el 31 de octubre de 2026.
Condiciones de financiación y calendario
Las condiciones de financiación se mantienen sin cambios respecto del esquema original. Las micro y pequeñas empresas, así como los pequeños contribuyentes, pueden acceder a hasta 18 cuotas mensuales para obligaciones generales, mientras que las medianas empresas de los tramos 1 y 2 tienen un tope de 15 cuotas.
Si bien la resolución ya se encuentra vigente, la carga de las nuevas deudas en el sistema estará habilitada desde el 16 de noviembre de 2026, bajo la opción "Régimen Especial de Facilidades de Pago, Obligaciones vencidas al 31/10/2026". Hasta esa fecha, el sistema no permitirá incorporar obligaciones con vencimiento posterior al 30 de junio de 2026. El trámite se realiza de forma online a través del servicio "Mis Facilidades" del organismo recaudador.
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