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Lunes, 2 de noviembre de 2026
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Dólares guardados fuera del banco: cómo se pueden depositar con menos trámites

El nuevo esquema simplificado para ahorros en divisas fija un tope anual de 100 millones de pesos y limita lo que bancos y billeteras pueden exigir.

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Hugo ElizondoVitivinicultura y campo · · 2 min de lectura
Dólares guardados fuera del banco: cómo se pueden depositar con menos trámites

Quienes tienen dólares guardados fuera del sistema bancario ya pueden ingresarlos con trámites más sencillos, siempre que se adhieran al Régimen de Declaración Jurada Simplificada de Ganancias. La medida, difundida a través de una resolución de la Unidad de Información Financiera, busca que el ahorro informal pueda volcarse al circuito formal sin una carga documental desproporcionada para el ahorrista común.

El umbral de 100 millones de pesos

El punto central de la norma es el tope de 100 millones de pesos acumulados en el año calendario, que equivalen a unos 64.000 dólares al tipo de cambio oficial. Por debajo de ese monto, la entidad no puede pedir que se documenten todas las compras de divisas realizadas a lo largo del tiempo, ni tratar el depósito en efectivo como una señal de riesgo por sí solo. Según la explicación de Diego Fraga, abogado tributarista, quien quiera ingresar ahorros por 80 millones de pesos, sin otras operaciones computables en el año, no debería reunir los comprobantes de cada compra de divisas.

Qué se mantiene y qué cambia

  • Por debajo del tope: no se exige reconstruir el historial cambiario de años anteriores.
  • Por debajo del tope: el depósito en efectivo no puede considerarse sospechoso en sí mismo.
  • En todos los casos: el cliente debe identificarse y demostrar la adhesión al régimen simplificado.
  • Por encima de 100 millones: la entidad evalúa el perfil del cliente, su actividad económica y la razonabilidad de la operación.

Cuando el monto supera el límite, la revisión se vuelve más amplia, pero la adhesión al régimen debe computar como antecedente favorable y no puede descartarse mediante políticas internas genéricas. La norma también establece que, si la entidad aplica correctamente los criterios simplificados, se considerará que cumplió sus obligaciones, aunque después se determine que el cliente no reunía las condiciones. La excepción rige cuando el banco conocía o debía conocer la situación irregular.

Quiénes quedan afuera

El beneficio no alcanza a las personas con exposición política, a los grandes contribuyentes nacionales ni a quienes presenten indicios objetivos de operaciones estructuradas para mantenerse artificialmente por debajo del tope anual. Son excepciones que la propia resolución deja expresamente delimitadas.

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Hugo ElizondoVitivinicultura y campo

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