El lunes 28 los supermercados y shoppings pueden bajar la persiana: cómo se paga a quien igual abra
La celebración del Día del Empleado de Comercio, que caía sábado, se pasó al lunes 28 y abre la puerta a una jornada con mayoría de locales cerrados. Quienes queden trabajando cobrarán el doble, según la Ley de Contrato de Trabajo.

El calendario comercial de esta semana viene con una señal clara para el bolsillo y para la planilla: el lunes 28 de septiembre puede ser, en la práctica, una jornada en la que muchos supermercados, shoppings y comercios de distinto tamaño bajen la persiana, porque la celebración del Día del Empleado de Comercio, que cada año recae el 26 de septiembre, se pasó formalmente al lunes por haber caído en sábado este 2025, y la fecha fue blanqueada por la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios y las cámaras empresarias en una circular con fecha 7 de septiembre, donde quedó ratificado que el reconocimiento conserva el alcance de la ley 26.541, la norma sancionada el 10 de diciembre de 2009 que instituyó esa jornada de descanso para los trabajadores del sector.
Por qué se eligió el 26 de septiembre y qué dice la ley
El origen de la fecha es anterior a la ley 26.541: el 26 de septiembre de 1934 se dictó la ley 11.729, una norma clave en las relaciones laborales del comercio, que entre otros derechos incorporó licencias por enfermedades y accidentes y la indemnización por despido, y que la actividad recuerda cada año como el motivo por el cual ese día se reconoce al empleado mercantil, una decisión que con el paso de los años se transformó en una jornada no laborable que las partes van moviendo en el calendario cuando coincide con fines de semana o feriados, como pasó ahora.
Quiénes cierran, quiénes abren y cómo se cobra
- La apertura depende de cada comercio: no es un cierre obligatorio y universal, sino un feriado pactado entre el gremio y las cámaras, por lo que cada firma define si atiende, reduce horarios o directamente no abre.
- Se espera que la mayoría de los negocios permanezcan cerrados, incluidas grandes cadenas de supermercados y centros comerciales, aunque habrá excepciones según barrio, ciudad y formato de tienda.
- Para los empleados que efectivamente trabajen, la jornada se paga al doble, de acuerdo con lo previsto por la Ley de Contrato de Trabajo, ya que el descanso tiene los mismos efectos legales que un feriado nacional para esta actividad.
- Quien tenga que comprar alimentos, medicamentos o artículos de primera necesidad puede hacerlo el domingo 27, planificar el reparto a domicilio o aguardar hasta el martes 29, cuando la atención vuelve a normalizarse.
A esta altura del año, con la vitivinicultura todavía atravesando el tramo final de la cosecha en buena parte de las provincias andinas y con los viñateros mirando el cielo más que nunca, este tipo de recordatorios funciona como una pequeña advertencia para el consumidor desprevenido: si el lunes 28 tenés prevista la compra grande de la semana, conviene moverla un día o dos en el calendario, porque la foto que uno se encuentra al llegar al súper puede ser, simplemente, la persiana baja y un cartel con el logo del gremio mercantil.
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