Saltar al contenido
Jueves, 22 de octubre de 2026
Actualidad y noticias, al instanteBuscar ⌕
Nodo SJ

Nodo SJ

Tras los robos en recitales, la Justicia porteña obliga a productoras y venues a responder por los celulares sustraídos

Un fallo de la Cámara de Apelaciones confirma que la organización de un show masivo debe responder como proveedor. El antecedente llega después de los hurtos sufridos por asistentes al recital de Iron Maiden en el estadio de Huracán.

CB
Carolina BalmacedaPoliciales y judiciales · · 2 min de lectura
Tras los robos en recitales, la Justicia porteña obliga a productoras y venues a responder por los celulares sustraídos

Capital Federal. Un fallo de la Sala IV de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad de Buenos Aires confirmó en mayo la responsabilidad de la operadora del Movistar Arena y de una productora de espectáculos por el robo de un teléfono celular ocurrido dentro de un recital en agosto de 2024. La decisión reordenó el debate sobre qué responde cada parte cuando se produce un hurto en un evento masivo.

La sentencia se conoció días después de que la banda Iron Maiden se presentara en el estadio de Huracán, donde varios asistentes denunciaron el robo de sus teléfonos durante los bises. En uno de los casos, la aplicación de rastreo de un iPhone 15 registró la última señal en Villa Celina, partido de La Matanza, a pocas cuadras de la feria Copacabana. Ese comercio fue allanado este año por la Policía de la Ciudad en una causa por receptación de celulares sustraídos en recitales: se secuestraron 49 aparatos, 34 de los cuales figuraban en los registros del ENACOM como denunciados por robo, hurto o extravío.

El criterio de la Cámara

Los jueces entendieron que entre el comprador de una entrada y el organizador del espectáculo existe una relación de consumo, y que esa relación genera una obligación de seguridad a cargo del proveedor. El voto se apoyó en el artículo 42 de la Constitución Nacional, que garantiza la protección de la salud, la seguridad y los intereses económicos de los consumidores.

El tribunal ordenó a las empresas demandadas hacerse cargo del valor del teléfono, del precio de la entrada y de una multa equivalente a cinco canastas básicas totales en concepto de sanción por aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor. También elevó la indemnización por daño moral de 250.000 a 800.000 pesos e impuso las costas a ambas firmas.

Qué pueden hacer las víctimas

  • Radicar la denuncia penal por el robo del teléfono en una comisaría o en la página del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad.
  • Conservar el ticket de la entrada, el comprobante de compra y la factura o ticket del equipo, ya que esos documentos son la base para reclamar el valor del dispositivo.
  • Iniciar un reclamo en Defensa del Consumidor o promover una demanda civil contra la productora y el operador del estadio, con fundamento en el fallo de la Sala IV.

La causa se encuentra firme en primera instancia y las partes fueron notificadas para su cumplimiento. La próxima instancia será la ejecución de la sentencia, salvo que las empresas demandadas interpongan un recurso extraordinario ante el Superior Tribunal de Justicia porteño.

CB
Carolina BalmacedaPoliciales y judiciales

Comentarios

0

Todavía no hay comentarios. Sé el primero.

Seguí leyendo